Proclama contra la impunidad: Víctimas de los falsos positivos apelan el archivo del caso argentino contra Álvaro Uribe Vélez
Las querellas del caso contra Álvaro Uribe Vélez, de la mano de su asesor internacional Bénédict De Moerloose y su abogado Máximo Castex, apelaron el archivo que efectuó el Juzgado Federal Núm. 2, a cargo del juez Sebastian Ramos.
El 7 de noviembre de 2023, familiares de 11 víctimas de crímenes de lesa humanidad cometidos en Colombia, junto a tres organizaciones de derechos humanos –el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, CAJAR y la Corporación Jurídica Libertad– interpusieron una querella en Argentina al amparo del principio de Jurisdicción Universal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez en relación con los llamados “falsos positivos”, uno de los episodios más recordados de la historia reciente de Colombia. La denuncia sostuvo que, entre 2002 y 2008, al menos 6.402 personas –civiles, en su mayoría jóvenes de sectores vulnerables, normalmente atraídos con promesas de trabajo– fueron desaparecidas y asesinadas por agentes de seguridad del Estado, para luego ser presentadas falsamente como guerrilleros caídos en combate y que estos crímenes habían sido permitidos, autorizados, incitados e incluso promovidos por el exmandatario.
Estas ejecuciones extrajudiciales eran presentadas ilegítimamente como “bajas en combate” en el marco de supuestos enfrentamientos contra guerrillas, con el fin de «inflar” las estadísticas y proyectar la imagen de que el ejército estaba ganando la guerra. El fundamento de la denuncia no se limita a la posición jerárquica como “comandante en jefe de las fuerzas armadas” del exmandatario, por el contrario, sostiene que Uribe Vélez tuvo conocimiento temprano de esta práctica ya que las denuncias de familiares, medios y organizaciones eran recurrentes durante su mandato. En ese sentido, no solo omitió adoptar medidas para detenerla, sino que desestimó y descalificó las denuncias presentadas, e incluso, instauró un sistema de incentivos y continuó presionando a las tropas del ejército para la presentación de bajas en combate, indicador que constituyó el principal criterio de éxito de su política de Seguridad Democrática.
Luego de ello, el proceso tuvo lentos avances y estuvo paralizado durante un tiempo en razón de la demora en la respuesta de los exhortos solicitados a la Corte Penal Internacional (CPI) y al gobierno de Colombia por parte del juzgado. Luego de haber contado con la información correspondiente a la situación de las causas seguidas ante la justicia del país de los hechos y la causa ante la corte internacional, en julio de 2024 el juez de primera instancia habría decidido admitir la causa penal contra el expresidente colombiano y a las víctimas como partes querellantes.
A pesar de ello, después de casi dos años de revisión preliminar, el juez de la causa ordenó recientemente el cierre y archivo del caso. Para esta última decisión se habría apoyado en la decisión de la CPI, que en su investigación preliminar afirmaba la existencia de un sistema judicial funcional en Colombia. El juez entendió que si la CPI ya había descartado continuar con la investigación no había fundamentos para que la justicia federal argentina continuara con ella.
Ante esta situación, las víctimas expusieron los argumentos que explican por qué la causa debería continuar y no archivarse. Principalmente, la querella asegura que la decisión no refleja la realidad de la justicia colombiana y que la decisión del juzgado no se asienta en la jurisprudencia imperante en Argentina, que entiende que deben investigarse los casos de graves crímenes internacionales si en el país donde ocurrieron los hechos no hay una investigación genuina, efectiva y eficaz.
En ese sentido, la querella remarcó la situación de la jurisdicción colombiana. Por un lado, si bien la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) –creada en Colombia en el marco del proceso de paz– en uno de sus macrocasos investiga las ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”, no lo hace contra el propio Alvaro Uribe Velez. Esto en razón de que, si bien la JEP puede juzgar a los altos mandos militares, no tiene jurisdicción contra los altos mandos civiles, es decir, ex mandatarios. De esta manera, se entiende que la JEP no realiza una justicia global y total, dando lugar a un espacio de impunidad con respecto a ciertas figuras políticas. Por otro lado, si bien la Comisión de Investigación y Acusación del Congreso colombiano –competente para enjuiciar a expresidentes, pero que nunca ha llevado a juicio a un jefe de Estado– lleva adelante dos investigaciones contra el exmandatario, no lo está realizando de forma genuina sobre los hechos que fundamentan la querella radicada en Argentina. La apelación explica que su naturaleza política impide avances sustanciales en investigaciones de este tipo. No solo ambos casos aún se encuentran en etapa preliminar, sino que además uno de ellos está bajo investigación del diputado Hernán Cadavid, integrante del mismo partido político que Alvaro Uribe Velez. Además, al no ser un ente investigador, sino un ente político, la Comisión no cumple con las garantías del debido proceso porque, además de la falta de imparcialidad mencionada y otros supuestos, no cabe contra sus resoluciones la posibilidad de recurso alguno.
De esa manera, la querella entiende que el principio de subsidiariedad que aplica la justicia argentina, se encuentra satisfecho, ya que no hay investigaciones genuinas en curso en Colombia y tampoco hay una jurisdicción en condiciones de juzgar esos hechos. De esta manera, solicitaron que se continuara con el curso de la causa, en razón del mandato constitucional y legal argentino de perseguir crímenes de lesa humanidad cuando no hay justicia efectiva en el país donde ocurrieron los hechos.
En la justicia federal penal, cuando se presenta este recurso, el juzgado de primera instancia revisa el mismo y luego debe elevarlo a la Cámara de Apelaciones. Pero en este caso, el juez de la causa ordenó que se exhorte al acusado, como condición previa a elevar la causa a la segunda instancia. En ese sentido, la querella espera que la Cancillería argentina reciba pronto noticias de que Alvaro Uribe Velez ha sido notificado y que en los primeros meses del próximo año el proceso pueda continuar su curso en el marco de la alzada, llevandose a cabo la audiencia ante la misma y posterior resolución.
En ese marco, diversas ONG internacionales y argentinas apoyaron el pedido de la querella e instaron a la Corte de Apelaciones a reabrir la investigación –Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), Centro Europeo para los Derechos Constitucionales y Humanos, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)– .
El asesor de la causa, comentó además que no es inusual que la justicia federal argentina de primera instancia archive los casos de jurisdicción universal, incluso antes de que comience una investigación formal. Ello se ha visto en muchos procesos que luego tuvieron investigaciones –todavía vigentes– exitosas y se llevaron a juicio –por ejemplo en las investigaciones sobre crímenes del régimen franquista en España, contra el pueblo rohingya en Myanmar y contra la población uigur en China–, en razón de que las instancias superiores revirtieron esos archivos luego de que las querellas apelaran.
Por ello, la esperanza sigue siendo fuerte en el marco de esta causa. En los próximos meses, se espera que los jueces de la Cámara de Apelaciones acojan estos fundamentos y decidan la continuación de la investigación, para que las víctimas de los falsos positivos puedan, de una vez por todas, acceder al grado de justicia que no encuentran en su propio país.
Argentina se ha consolidado como uno de los países pioneros en la región en este modo de hacer justicia, así como en la lucha contra la impunidad, y se espera que el país del cono sur continúe ejerciendo este rol en una causa que no solo es una de las más relevantes que se están llevando adelante en el país en materia de jurisdicción universal en la actualidad, sino también una de las pocas que aborda crímenes cometidos en Latinoamérica. En un continente donde la impunidad ha sido persistente y, en muchos casos, estructural, esta investigación representa un horizonte de justicia, recordando que los crímenes más graves pueden –y deben– ser abordados con las herramientas del derecho internacional y con las víctimas situadas en el centro del proceso.
Federica Carnevale, colaboradora de Fibgar.
Notas:
Entrevista realizada al abogado y asesor internacional Bénédict De Moerloose, el día 14 de noviembre de 2025.
Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), Colombia: Organizaciones internacionales piden a la Cámara de Apelaciones reactivar la investigación para hacer justicia a las 6402 víctimas de ejecuciones extrajudiciales, Declaraciones, 5 de noviembre de 2025: https://www.omct.org/es/recursos/declaraciones/la-justicia-por-las-6402-v%C3%ADctimas-colombianas-de-ejecuciones-extrajudiciales-debe-continuar-organizaciones-internacionales-pedimos-a-la-c%C3%A1mara-de-apelaciones-reactivar-la-investigaci%C3%B3n-en-argentina