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Comenzaron en Suiza los procedimientos de apelación en el caso contra Ousman Sonko por crímenes de lesa humanidad

El 30 de marzo de 2026 se iniciaron en Bellinzona los procedimientos de apelación en el caso contra el exministro del Interior gambiano Ousman Sonko, condenado en primera instancia por crímenes de lesa humanidad. Este nuevo proceso se abre casi una década después de su detención y cerca de dos años luego de una sentencia considerada histórica, ofreciendo una renovada oportunidad para que las víctimas del régimen de Yahya Jammeh accedan a una justicia completa.

El caso Sonko constituye uno de los ejemplos más relevantes de aplicación del principio de jurisdicción universal en Europa. En mayo de 2024, el Tribunal Penal Federal suizo (TPF) declaró al acusado culpable de múltiples crímenes de lesa humanidad cometidos entre 2000 y 2016, durante el mandato del expresidente gambiano Yahya Jammeh, y lo condenó a 20 años de prisión.

El contexto en el que se inscriben estos hechos es el del régimen dictatorial de Yahya Jammeh, quien gobernó Gambia durante más de dos décadas tras asumir el poder mediante un golpe militar en julio de 1994. Todo su gobierno estuvo marcado por restricciones a las libertades políticas y una represión sistemática y generalizada contra opositores políticos, personas consideradas opositoras a las autoridades, periodistas, defensores de derechos humanos y miembros de la sociedad civil. Durante este período, agentes estatales y grupos afines –especialmente la unidad paramilitar conocida como los Junglers– estuvieron implicados en graves violaciones de derechos humanos contra miembros de la población civil, incluyendo desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, tortura y otras formas de malos tratos, violencia sexual y detenciones arbitrarias.

Ousman Sonko desempeñó diversos cargos de alto nivel en el aparato estatal gambiano. Fue miembro de la Guardia Estatal de élite desde 1995 –encargándose de la seguridad del presidente Jammeh–, donde desempeñó desde mayo de 2003 el cargo de subcomandante y, desde julio de 2003, el de comandante. En diciembre de ese mismo año pasó a ser jefe de Comunicaciones y fue destinado al Cuartel General de las Fuerzas Armadas, hasta que en diciembre de 2004 fue nombrado comandante del 1.er Batallón de Infantería. El 15 de febrero de 2005 fue nombrado jefe de Policía (IGP), ocupando ese cargo hasta noviembre de 2006 cuando pasó a ocupar el cargo de Ministro del Interior de Gambia, hasta que el presidente Jammeh lo destituyó el 16 de septiembre de 2016. Como ministro del Interior, Sonko fue miembro del Consejo de Seguridad Nacional y se encargó de desarrollar las estrategias del Ministerio, además de ejercer la responsabilidad general sobre las autoridades de seguridad, incluidas la policía y las prisiones.

Tras ser destituido de su cargo en septiembre de 2016, Sonko abandonó Gambia y solicitó asilo en Europa. Después del rechazo de su solicitud en Suecia, se trasladó a Suiza, donde fue detenido en enero de 2017 tras una denuncia presentada por la organización TRIAL International, que desempeñó un papel clave en la activación de la investigación. Desde entonces, ha permanecido detenido, en razón de la investigación y posterior proceso iniciado en virtud del principio de jurisdicción universal, que permite a los Estados procesar crímenes internacionales independientemente del lugar donde se hayan cometido.

Seis años después de iniciada la investigación, se presentaron cargos. En el cumplimiento de las funciones ejercidas durante el gobierno de facto de Jammeh, a Sonko se le acusó haber participado, ordenado, facilitado o no impedido múltiples asesinatos, actos de tortura, abusos sexuales, coacción y detenciones ilegales –considerados crímenes de lesa humanidad, contra personas consideradas opositoras del gobierno de facto del presidente Jammeh, cometidos –por lo menos– entre los años 2000 y 2016.

Estos abusos fueron documentados por la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y las Reparaciones de Gambia (TRRC), que entre 2019 y 2021 recogió numerosos testimonios de víctimas y testigos. Sus conclusiones destacaron el papel central del aparato estatal en la comisión de estas violaciones y recomendaron el enjuiciamiento de diversos responsables, entre ellos Ousman Sonko, subrayando la importancia de traducir estos hallazgos en procesos judiciales efectivos que garanticen la rendición de cuentas.

Durante el juicio celebrado en 2024, el tribunal examinó si los hechos imputados formaban parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil. En su sentencia de mayo de 2024, el TPF declaró a Sonko culpable de múltiples homicidios intencionales, detenciones ilegales y actos de tortura como crímenes de lesa humanidad. El tribunal entendió que su responsabilidad penal se deriva tanto de su implicación directa en los hechos como de su posición de autoridad sobre las fuerzas de seguridad y el sistema penitenciario. En particular, lo consideró responsable del asesinato de un opositor político en el año 2000, de actos de tortura y detención ilegal en relación con un intento de golpe de Estado en 2006, del asesinato de un opositor político en 2011, y de privaciones de libertad y actos de tortura –incluido un asesinato– contra manifestantes pacíficos en el año 2016. Por esos hechos, Sonko fue condenado a veinte años de prisión y doce años de expulsión de Suiza. Asimismo, se ordenó el pago de indemnizaciones a las víctimas de estos hechos. 

No obstante, el tribunal desestimó todos los cargos de violencia sexual. En algunos casos, consideró que los hechos habían prescrito o quedaban fuera de su jurisdicción, mientras que en otros determinó que las violaciones fueron “múltiples actos individuales aislados y no un ataque contra las mujeres gambianas como parte de la población civil” por lo que carecían del carácter colectivo requerido y constituían actos individuales aislados pero no crímenes de lesa humanidad. En otros cargos de violencia sexual, el tribunal considero que los actos que implicaban infligir dolor en los genitales fueron calificados como tortura y crimen de lesa humanidad, pero no fueron entendidos como violencia sexual.

En ese sentido, la Corte entendió que no había pruebas que demostraran que la violación fuera un medio deliberado de opresión en Gambia, que no requerían el uso de recursos considerables por parte del Estado y no estaban necesariamente en consonancia con los objetivos políticos del régimen. Aunque el tribunal reconoció que las mujeres estaban “socialmente oprimidas”, el Tribunal opinó que “la indiferencia hacia los derechos de las mujeres y la igualdad no constituye en sí misma un ataque contra la población civil en el sentido del derecho internacional”. Además, la Corte desestimó como determinante el hecho de que Sonko llevara puesto su uniforme durante las violaciones, a pesar de que su vestimenta podía interpretarse como un uso indebido de los recursos del Estado y una forma de intimidar y someter a las víctimas.

Esta decisión de la Corte generó fuertes críticas por parte de la representación de las víctimas, las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad internacional, al ser entendida como un retroceso para la rendición de cuentas en favor de las sobrevivientes de violencia sexual, que no reconoce la violencia sexual y de género como una herramienta sistemática dentro de los sistemas políticos opresivos. Más aún teniendo en cuenta que –tal como lo señalaron las organizaciones denunciantes, entre ellas TRIAL International–  el informe de 2021 de la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y las Reparaciones (TRRC) de Gambia sí documentaba repetidos actos de violencia sexual durante el régimen de Jammeh, incluidos casos cometidos por funcionarios del Estado en ejercicio de sus funciones.

Además, se cuestionó la interpretación de la sentencia respecto del requisito de nexo para los crímenes de lesa humanidad. En ese sentido, desde la doctrina se consideró que la sentencia de la Corte confunde el requisito de que un acto se cometa “como parte de” un ataque generalizado o sistemático con el requisito de que la categoría específica de conducta —en este caso, la violencia sexual— deba demostrarse en sí misma como generalizada o sistemática.

Teniendo en cuenta estas cuestiones, tras la sentencia, todas las partes –el acusado, la Fiscalía General y las personas demandantes– interpusieron recursos de apelación. Mientras que la defensa impugnó la condena en su totalidad, la Fiscalía y los demandantes cuestionan aspectos específicos del fallo, entre ellos la desestimación de los cargos sobre violencia sexual.

En el sistema penal suizo, las apelaciones permiten una revisión integral del caso. En ese sentido, durante la instancia de apelación el tribunal puede volver a evaluar tanto los hechos como el derecho aplicable, examinar nuevas pruebas, escuchar testigos adicionales, así como –naturalmente– confirmar, modificar o revocar la sentencia de primera instancia. Posteriormente, cabe la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Federal suizo, cuya revisión se limita principalmente a las cuestiones de derecho.

Los procedimientos de apelación, iniciados el 30 de marzo de 2026, y que se prevé tengan una duración de al menos dos semanas, contarán con la participación de víctimas que han viajado desde Gambia para asistir a las audiencias.

El caso Sonko, además, se inscribe en un contexto más amplio de creciente activación de la jurisdicción universal respecto de los crímenes cometidos durante el régimen de Yahya Jammeh, respecto al cual se han iniciado otros procesos tanto en Alemania como en Estados Unidos, contribuyendo a la consolidación de una jurisprudencia internacional emergente. En este contexto la interpretación de la alzada respecto de los delitos de violencia sexual será de suma importancia, pudiendo servir como base para procesos futuros, tanto en Suiza como en otras jurisdicciones. Asimismo, cabe resaltar que su importancia reside también en que este constituye el segundo juicio en Suiza por crímenes de lesa humanidad bajo el principio de jurisdicción universal, tras la condena en 2023 de Alieu Kosiah.

En este sentido, el caso seguido contra Ousman Sonko representa un hito en la lucha contra la impunidad de los crímenes internacionales. Su evolución en fase de apelación no solo será determinante para las víctimas, sino que también puede tener un impacto significativo en futuros procesos judiciales. De esa forma, se espera que la sentencia refuerce el papel de la jurisdicción universal como herramienta clave para el acceso a la justicia, y en particular, a una justicia con perspectiva de género.

Por Federica Carnevale, Responsable de Proyectos de FIBGAR.

REFERENCIAS:

Centro Internacional para la Justicia Transicional, Gambianos rompen el silencio sobre la violencia sexual en diálogos comunitarios organizados por el ICTJ, 2025. Disponible en: https://www.ictj.org/es/%C3%BAltimas-noticias/gambianos-rompen-el-silencio-sobre-la-violencia-sexual-en-di%C3%A1logos-comunitarios

Fiscalía General y Ministerio de Justicia, Gambia – Publicaciones. Disponible en: https://www.moj.gm/downloads

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – Base de Datos de Jurisprudencia, Swiss Federal Criminal Court, Prosecutor v. Ousman Sonko, Trial Judgment, 15.05.2024, SK.2023.23. Disponible en: https://www.unodc.org/cld/es/case-law-doc/sgbc-crsvcrimetype/che/2024/swiss_federal_criminal_court_prosecutor_v._ousman_sonko_trial_judgment_15.05.2024_sk.2023.23.html

Swissinfo.ch, Por qué se juzga en Suiza por crímenes contra la humanidad a un antiguo ministro de Gambia, 2024. Disponible en: https://www.swissinfo.ch/spa/politica/por-qu%C3%A9-se-juzga-en-suiza-a-un-exministro-de-gambia-por-cr%C3%ADmenes-contra-la-humanidad/49114290

Trial International,  Appeal Trial of Former Gambian Interior Minister Ousman Sonko for Crimes Against Humanity Opens in Switzerland, 2026. Disponible en: https://trialinternational.org/latest-post/appeal-trial-of-former-gambian-interior-minister-ousman-sonko-for-crimes-against-humanity-opens-in-switzerland/