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¿Sabes qué pasó en América Latina? Boletín Mensual del Observatorio ALERTA Latam – julio de 2026

Perú: La Corte IDH declara la responsabilidad internacional de Perú por la falta de tutela judicial efectiva frente al cese de trabajadores de la empresa portuaria estatal ENAPU

El 15 de julio de 2026 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó la sentencia en el caso Bravo Garvich y otros trabajadores cesados de Empresa Nacional de Puerto S.A vs. el Estado de Perú, en la que declaró la responsabilidad internacional del Estado peruano por la violación de los derechos a las garantías judiciales, la protección judicial, el trabajo y la integridad personal de tres ex trabajadores de la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU).

Los hechos se remontan a la década de los noventa, donde tuvo lugar el cese colectivo de trabajadores del sector público en Perú. Ante estos sucesos, las víctimas interpusieron una acción de amparo que fue desestimada en todas las instancias, incluida la acción interpuesta ante el Tribunal Constitucional, institución que atravesaba una crisis de independencia e imparcialidad en aquel entonces. Si bien el Estado adoptó medidas correctivas a partir del año 2000, que incluyeron la reincorporación de los tres trabajadores a ENAPU y la regularización retroactiva de sus aportes previsionales, no se incluyó el pago de las remuneraciones dejadas de percibir durante el período transcurrido entre el cese y la reincorporación.

Por su parte, en la sentencia la Corte concluyó que los tribunales que tramitaron el amparo se limitaron a verificar que el Estado había actuado conforme a normas internas, sin analizar si esa actuación era compatible con los derechos de las víctimas. La Corte también destacó que existe una transversalidad entre el derecho al trabajo y la tutela judicial efectiva. En este caso, al no tener acceso a un recurso que funcionara, las víctimas no pudieron defender su puesto ni los derechos que de él dependían, como la seguridad social. Y como el cese se prolongó durante años sin solución, las consecuencias se extendieron a otras dimensiones de su vida con efectos psíquicos y emocionales que el expediente documentó.

Venezuela: los terremotos del 24 de junio expusieron la vulnerabilidad de las infancias

Los terremotos de magnitud 7.5 y 7.2 que ocurrieron el 24 de junio en la zona norte de Venezuela, dejaron un balance oficial de más de 5.000 muertos y 16.000 heridos.

Frente a los sucesos, UNICEF estimó que 3.9 millones de niñas, niños y adolescentes viven en las zonas afectadas por los terremotos. El organismo advirtió que las niñas y niños se encuentran entre los más vulnerables ante desastres de esta magnitud, debido a que enfrentan riesgo de lesiones físicas además de estar expuestos a situaciones que causan angustia psicológica como la separación familiar.

La emergencia se produce en un contexto de crisis humanitaria que ya existía en Venezuela, lo que deteriora estructuralmente la capacidad de respuesta del Estado y la vulnerabilidad de las personas afectadas.

Cuba: la CIDH publicó el informe donde documentó la represalia sistemática del Estado cubano contra Cubalex

La CIDH publicó su Informe No. 81/26 sobre integrantes del Centro de Información Legal Cubalex y la detención de Julio Alfredo Ferrer Tamayo, respecto del Estado cubano. Cubalex, una organización cubana dedicada a la defensa y promoción de los derechos humanos, sometió una petición ante la CIDH en junio de 2018 por represalias por parte del Estado.

En ese entonces, la organización comenzó a cooperar con mecanismos internacionales de derechos humanos cuando empezaron a sufrir detenciones, interrogatorios, restricciones migratorias, amenazas y vigilancia contra sus integrantes, que fueron documentadas por la CIDH. El 23 de septiembre de 2016, el Estado cubano realizó un allanamiento a la sede de Cubalex, en el cual agentes estatales ingresaron por la fuerza, confiscando equipos y documentos, además de someter a integrantes de la organización a interrogatorios y registros corporales.

En el informe, la CIDH concluye que las actividades de vigilancia, intervención de comunicaciones y restricciones migratorias no estuvieron justificadas por el Estado ni sometidas a control judicial. Como consecuencia del hostigamiento estatal y la falta de mecanismos internos de protección, casi todos los integrantes de Cubalex y sus familias se vieron forzados  a salir de Cuba, afectando además su derecho de residencia y tránsito. Respecto de Ferrer Tamayo, integrante de Cubalex, la Comisión concluyó que su detención fue ilegal, arbitraria y vinculada a sus actividades de defensa de los derechos humanos, y el Estado no garantizó condiciones mínimas durante su reclusión.

México: la RELE expresa su preocupación ante dos nuevos asesinatos de periodistas

El 3 de julio se halló el cuerpo sin vida de la periodista Roxana Berenice Guzmán Ramírez, quien había sido  privada de su libertad en junio, por personas que ingresaron armadas a su domicilio. En paralelo, en Guerrero, se halló el cuerpo sin vida del periodista independiente y activista ambiental Manuel Alejandro Moreno Serna, quien se encontraba realizando denuncias sobre las incidencias ambientales y presuntos actos de corrupción, ya había advertido que recibía amenazas y se encontraba desaparecido también desde junio.

Frente a ambos casos, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la CIDH emitió un comunicado condenando ambos asesinatos y expresando preocupación por el recrudecimiento de la violencia contra la prensa en México. En el pronunciamiento, también denuncian la existencia de un patrón sostenido de agresiones, desapariciones y asesinatos contra la prensa en Veracruz, documentado a partir de informes de la sociedad civil. También destacó que, en casos donde la violencia se ejerce contra la prensa, se produce un triple efecto, ya que se vulnera el derecho de las víctimas de expresarse y difundir ideas e información, genera también un efecto de silenciamiento en sus pares, y viola los derechos de las personas y la sociedad en general a buscar y recibir información. Se recordó al Estado mexicano que tiene la obligación de reforzar la protección a la prensa en contextos donde se ven amenazados.

Nicaragua: el presidente nicaragüense afirmó que no volverá a haber elecciones democráticas

En el acto de conmemoración del aniversario de la Revolución Sandinista, el presidente Daniel Ortega declaró que no volverá a permitir procesos electorales en su régimen, para así evitar la pérdida del control del oficialismo.

El contexto institucional ya evidenciaba manipulación para lograr la permanencia en el poder. A principios de 2025, entró en vigor una reforma constitucional que transformó al Estado. Por medio de la misma, se eliminó el equilibrio de poderes otorgando la su totalidad del poder al presidente Ortega, y su esposa Rosario Murillo, quien ejerce como copresidenta sin haber sido electa por un proceso electoral. También se amplió el período presidencial, de cinco a seis años, y legalizando la apatridia, mecanismo por el cual se priva de ciudadanía a los opositores en exilio. Nicaragua debería haber celebrado elecciones en noviembre de este año.

Argentina: la justicia bonaerense deja firme la sentencia responsabilizando a la empresa Aenor por contaminar el Río Paraná

Tras un proceso judicial de más de una década, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires  rechazó el último recurso presentado por la empresa Atanor, dejando así firme la sentencia que la responsabiliza por un daño irreversible al Río Paraná, uno de los principales corredores de biodiversidad de la región. La contaminación se produjo por la presencia de un herbicida (atrazina), con concentraciones superiores a las permitidas.

La sentencia evidencia que la recomposición del daño es imposible, debido a que el agua fluye hacia abajo, esparciendo de manera irrefrenable los sedimentos contaminados. Es importante destacar que el Río Paraná conecta su cauce con numerosos cursos de agua como lagunas, arroyos y humedales, siendo fuente a su vez de alimentación, migración y reproducción de múltiples especies. Asimismo, la sentencia sienta jurisprudencia al establecer que la falta de especificidad en un parámetro para una sustancia no puede traducirse en una autorización a contaminar. Además, responsabiliza al Estado provincial por su deficiencia al realizar los controles ambientales correspondientes.

América Latina es la región más letal del mundo para quienes defienden los derechos humanos

Front Line Defenders publicó su informe Análisis Global 2025/26 en el que registró el asesinato de al menos 357 personas defensoras de derechos humanos en el mundo en 2025. De este número, 274 se concentraron en América Latina, es decir el 76% del total. La lista es encabezada por Colombia con 165 personas defensoras asesinadas, seguida de México con 43, y Brasil con 22, entre otros países de la región. De esta forma, América Latina se establece como la región más letal del mundo para el ejercicio de la defensa de los derechos humanos.

Los defensores de los derechos a la tierra, el medio ambiente y los derechos de las comunidades campesinas representan el 23,53% de las personas asesinadas, y los defensores de los derechos de los pueblos indígenas el 16,81%.

En esta línea, en el marco de la Juntanza Latinoamericana organizaciones sociales emitieron una declaración en donde alertan sobre el avance del autoritarismo de la región. En él, denuncian la convergencia entre intereses estatales, empresas extractivas, corporaciones tecnológicas y estructuras del crimen organizado, dejando paso al debilitamiento de las instituciones públicas, la militarización de los territorios y la criminalización de las personas defensoras. Estableciéndose, de esta forma, una estructuralización institucional que expone la vulnerabilidad de los defensores de derechos humanos.