
Jurisdicción universal en España: el caso Madleen reabre el debate sobre la impunidad
La Coalición para la Flotilla de la Libertad (Freedom Flotilla Coalition, FFC) es un movimiento internacional de solidaridad popular que agrupa campañas e iniciativas de distintos países con un objetivo común: romper el bloqueo ilegal israelí sobre Gaza. El pasado mes de junio, este compromiso volvió a tomar forma con la salida del barco Madleen, que partió del puerto de Catania, en Sicilia, cargado de ayuda humanitaria con destino a la Franja de Gaza. A bordo viajaban leche de fórmula, harina, pañales, productos de higiene menstrual, kits de desalinización, primeros auxilios y muletas: artículos esenciales para una población asediada.
El 1 de junio de 2025, el Madleen zarpó con una tripulación internacional entre la que se encontraban el cooperante español Sergio Toribio, la activista sueca Greta Thunberg y la eurodiputada francesa Rima Hassan. Todos ellos compartían un objetivo: hacer llegar esa ayuda humanitaria a Gaza y denunciar el bloqueo desde la acción no violenta. Pero su travesía fue interrumpida violentamente.
Durante la noche del 8 de junio, mientras navegaban en aguas internacionales, los pasajeros fueron asediados por embarcaciones militares y drones israelíes. Según relataron tras su liberación, los drones lanzaron sobre el barco una sustancia blanca irritante, antes de que se interrumpiera toda comunicación. Horas después, la FFC confirmó que se había perdido el contacto con el Madleen. En la madrugada del día 9, comandos de la Marina Israelí (Shayetet 13) abordaron la embarcación, utilizaron aerosoles químicos y detuvieron a los doce tripulantes sin que se hubiera emitido advertencia ni orden judicial alguna. El barco fue remolcado al puerto israelí de Ashdod y desde allí sus pasajeros fueron trasladados al aeropuerto Ben Gurion. Cuatro de ellos, incluida Greta Thunberg, fueron deportados el 10 de junio tras firmar un documento en el que se comprometían a regresar a su país lo antes posible. Los otros ocho activistas, entre ellos Toribio, se negaron y fueron enviados a la cárcel de Givon, en Ramla, donde denunciaron malos tratos, burlas, privación de sueño y humillaciones.
Las autoridades israelíes defendieron la operación. El ministro de Exteriores, Israel Katz, acusó a Thunberg de antisemitismo y ordenó que los detenidos visionaran la película Testigos de la masacre del 7 de octubre, una decisión percibida por los activistas como un intento de adoctrinamiento forzoso. Según el testimonio del Dr. Baptista André, otro de los pasajeros, se les sometió a intimidaciones y fueron privados de sus pertenencias.
Ya de regreso a España, el 3 de julio, Sergio Toribio presentó una querella criminal ante la Audiencia Nacional contra el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu, su ministro Israel Katz, el vicealmirante David Saar Salama y otros altos mandos militares israelíes. La denuncia, respaldada también por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe, invoca el principio de jurisdicción universal y acusa a los responsables de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, al considerar que se trata de un ataque sistemático contra misiones civiles humanitarias que buscan romper el bloqueo a Gaza.
En el texto de la querella, se afirma que durante el abordaje del Madleen se utilizaron drones, gases lacrimógenos y armas no letales contra una tripulación civil desarmada. Se denuncia además la detención arbitraria, el traslado forzoso, la incomunicación y la privación de derechos básicos. En concreto, se califica la acción como parte de una estrategia deliberada de criminalización de la solidaridad internacional.
El 8 de julio, el juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña Alonso, titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6, admitió a trámite la querella y abrió diligencias previas por crímenes de guerra y lesa humanidad contra Netanyahu, Katz y varios altos cargos de las Fuerzas de Defensa de Israel. Mediante un auto, solicitó al Ministerio Fiscal que se pronuncie sobre las diligencias a practicar y la competencia del tribunal para abordar el caso.
La base jurídica de esta iniciativa se encuentra en el principio de la jurisdicción universal en casos de especial gravedad, como el genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra, la tortura o las desapariciones forzadas. Esta herramienta permite a los tribunales españoles investigar delitos internacionales sin importar el lugar donde se cometan ni la nacionalidad de las víctimas o responsables.
No obstante, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2014, la aplicación de la jurisdicción universal se ha visto severamente restringida. Esta reforma exige vínculos de conexión específicos con España, como que la víctima o el responsable sea español y que este se encuentre en territorio español. Además, se limita la legitimación procesal a las víctimas directas y al Ministerio Fiscal, excluyendo la acción popular.
Asimismo, la ley obligó al archivo de casos en aquel momento abiertos por tribunales españoles. Esto supuso una vulneración evidente del derecho a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española. Entre las causas archivadas tras la reforma destacan los casos del Tíbet, Falun Gong y Ruanda, todos sobreseídos pese a tratarse de crímenes internacionales graves.
El caso del Madleen remite inevitablemente al asalto al barco Mavi Marmara, archivado tras la mencionada reforma. En 2010 comandos israelíes mataron a nueve activistas e hirieron a medio centenar en otro intento de romper el bloqueo a Gaza. La imposibilidad de juzgar a los responsables quedó condicionada a que estos pisaran suelo español, lo cual nunca ocurrió.
Hoy, es verdad que el contexto ha cambiado. La idea de que Israel pueda garantizar una investigación interna eficaz ha perdido toda credibilidad. Las denuncias actuales se producen en medio de acusaciones de genocidio y ataques masivos a la población civil en Gaza. La imposibilidad de acceder a justicia internacional convierte cada acción legal, como la de Toribio, en un acto de resistencia jurídica y política. No obstante, la ley permite procedimientos por crímenes internacionales graves —como genocidio o crímenes de lesa humanidad— cuando el acusado es español, reside habitualmente en España o se ha denegado su extradición. En el caso presente, la víctima es española, pero los acusados no están en territorio español, lo que complica la viabilidad de la causa.
Aun así, la presentación de esta querella marca un avance importante: coloca sobre la mesa un debate urgente en un momento crucial. Además, coincide con el avance parlamentario de una Proposición de Ley Orgánica registrada en noviembre de 2023 para restituir plenamente la jurisdicción universal en España. Esta iniciativa, tomada en consideración por el Pleno en marzo de 2024, propone eliminar los vínculos limitantes introducidos por la ley de 2014, permitir nuevamente la acción popular y reabrir causas archivadas. Si prospera, esta reforma permitiría a España recuperar un papel activo en la lucha global contra la impunidad y en la protección efectiva de los derechos humanos, más allá de sus fronteras.
Marina de Leiva Álvarez, colaboradora de FIBGAR