
La identidad civil de María: avance histórico en la desaparición forzada de menores en España
El pasado 8 de julio, María Bueno, presidenta de la Asociación Alumbra y la Plataforma Internacional Te Estamos Buscando, recibió un certificado oficial del Registro Civil que reconoce la existencia civil de su hija María, nacida en la Navidad de 1981 en un pueblo de la provincia de Cádiz. Su caso es uno de los 300.000 casos registrados por las asociaciones de “bebés robados” en España.
En el momento de la sustracción de la hija de María Bueno, esta fue declarada como “muerta al nacer”. En esa época el Código Civil consideraba a estos bebés como «criaturas abortivas», negándoles la posibilidad de ser registrados como personas con identidad propia. No se les otorgaba nombre ni derechos civiles, quedando completamente fuera del sistema legal.
Como María Bueno recuerda, “María llegó al mundo tras nueve meses de gestación, pero bajo un sistema legal que, en aquella época, consideraba a los bebés supuestamente muertos al nacer como “criaturas abortivas” o “despojos humanos”. No se les reconocía como personas. No tenían derecho a un nombre, ni a figurar en registro alguno. No se les lloraba oficialmente, porque no existían oficialmente.”
Gracias al esfuerzo incansable de su madre, que durante décadas ha denunciado la desaparición de su hija sin rastro físico, sin estar enterrada en ningún cementerio, ni documentación hospitalaria, el Estado reconoce ahora su derecho a existir legalmente.
La lucha de María es la de muchas otras madres que, como ella, vieron que sus hijos e hijas eran declarados muertos al nacer mientras, en realidad, estaban siendo dados en adopción de manera ilegal a familias que pagaban por recibir a estos niños y niñas.
Todo ello formaba parte de un sistema franquista de violencia hacia las mujeres. Si el régimen consideraba que la mujer embarazada era demasiado joven para ser madre, no tenía suficientes recursos económicos o simplemente no era considerada una “mujer de bien”, se procedía a montar un operativo de adopción ilegal. A través de este, se facilitaba el acceso de familias acomodadas social y económicamente a los y las recién nacidos.
Sin embargo, esto no solo se limitó a tener lugar durante la dictadura franquista entre 1939 y 1975. Con casos como el de María y su hija, se conoce que esta trama tan deleznable y vergonzosa continuó entrada la democracia, mínimo hasta 1981.
La lucha por conocer la verdad, acceder a la justicia y recibir una reparación digna del sufrimiento que han vivido y viven estas familias no solamente puede depender de ellas y de las asociaciones de las que forman parte. Las instituciones – como en este caso el Registro Civil – ya sean locales, regionales o estatales deben favorecer que las supervivientes de esta violación de derechos humanos como son las desapariciones forzadas reciban el reconocimiento, la verdad y la justicia que merecen.
El Registro Civil ha podido acreditar que María tiene una identidad civil gracias a la Orden Ministerial JUS/876/2023 del Ministerio de Justicia publicada en 2023. Esta modificaba el modelo número 9 de “Declaración y parte de alumbramiento de criaturas abortivas” que debía rellenarse cuando ocurría el parto de un bebé fallecido, según la Orden del Ministerio de Justicia de 26 de mayo de 1988, y proponía el modelo número 9bis de “Declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación”.
Así, María pudo acudir al Registro Civil, acreditando a través de numerosa burocracia que su hija no es una “criatura abortiva”, sino “una nacida sin vida tras los seis meses de gestación” a pesar de que nunca ha estado enterrada en ningún cementerio ni ha habido un registro de documentación hospitalaria de su nacimiento. Este hito debe sentar precedente y abrir la puerta a las demás madres y familias que, como María, han visto que sus recién nacidos han sido arrebatados y arrebatadas de sus manos.
Es vital entender que tener identidad nos hace existir, nos hace ser visibles para otros y para otras. Tener identidad nos completa como personas, nos permite saber quiénes somos y hacia donde queremos ir. Por ello, otorgar de identidad a estos y estas menores es imprescindible para permitir así que sus familias puedan conocer que, pese a no saber su paradero, son personas con nombres y apellidos.