Austria dicta sentencia: ocho años de prisión para dos exfuncionarios del régimen sirio depuesto
El 6 de julio de 2026, el Tribunal Regional de Viena condenó a ocho años de prisión a Khaled Al-Halabi, exgeneral de brigada de los servicios de inteligencia sirios, y a Musab Abu Rukbah, exteniente coronel y exjefe de investigaciones de la policía criminal de Raqqa, por delitos de tortura, coacción sexual y lesiones corporales graves cometidos contra un total de 21 civiles durante los primeros años de la revolución siria. El fallo llega apenas un mes después del inicio del juicio, el 1 de junio de 2026, en uno de los procesos de jurisdicción universal más relevantes abiertos hasta la fecha en Austria.
El caso: represión sistemática en centros de detención de Raqqa
Como ya explicamos en artículos anteriores, los hechos juzgados se remontan al período comprendido entre 2011 y 2013, durante la represión de las protestas contra el gobierno de Bashar al-Ásad. Al-Halabi y Abu Rukbah, quienes solicitaron asilo en Austria en 2015 y residen en el país desde entonces, fueron acusados de haber ordenado, facilitado o no impedido actos de violencia física y psicológica contra detenidos en centros bajo su autoridad en la provincia de Raqqa.
Durante los trece días de audiencias, numerosos ex detenidos viajaron desde distintos países de Europa y desde la propia Siria para prestar testimonio. Describieron haber sido golpeados brutalmente por los guardias mientras se encontraban bajo la custodia de ambos acusados, así como sometidos a descargas eléctricas, encierro en celdas reducidas y superpobladas, y desnudez prolongada acompañada de baños reiterados con agua fría. Uno de los testigos relató ante el tribunal que Al-Halabi lo interrogó personalmente y le aplicó descargas eléctricas en las plantas de los pies con cables, y afirmó que, años después, «aún tiene miedo». Según la fiscalía austríaca, ambos acusados actuaron por orden directa del régimen depuesto, empleando la violencia de forma sistemática y estandarizada, con el objetivo declarado de disuadir a la población de continuar participando en el movimiento de protesta. Al-Halabi permanece en prisión preventiva desde diciembre de 2024, mientras que Abu Rukbah fue liberado bajo medidas menos restrictivas tras apelar su detención ante el Tribunal Regional Superior de Viena.
La sentencia: responsabilidad de mando y reparación a las víctimas
El panel de jueces legos concluyó que ambos acusados habían cometido «tortura sistemática organizada por el Estado» y subrayó que Austria tiene jurisdicción sobre estos crímenes, sin que el plazo de prescripción hubiera expirado. El juez presidente destacó que el primer acusado había recurrido personalmente a la violencia en una ocasión, mientras que el segundo lo había hecho en múltiples oportunidades, y remarcó que el objetivo de ambos era disuadir a la población de futuras manifestaciones.
Un aspecto especialmente relevante del fallo es el razonamiento sobre la responsabilidad de mando. El tribunal describió a los dos condenados como «garantes de la custodia» de sus prisioneros, responsables tanto de proteger su integridad como de impedir que sus subordinados ejercieran violencia contra ellos: los acusados no solo omitieron prohibir el uso de la violencia por parte de sus subordinados, sino que la ejercieron activamente ellos mismos. Respecto de Al-Halabi en particular, el tribunal señaló que, como jefe del servicio de inteligencia, era responsable de lo ocurrido dentro de su ámbito de competencia y que podría haber adoptado medidas concretas para mejorar la situación de los detenidos, como retirar los instrumentos de tortura del centro.
Entre las circunstancias agravantes, el tribunal ponderó el motivo particularmente reprobable de los acusados —reprimir un movimiento por la libertad—, la indefensión de las víctimas, que eran atadas y vendadas de los ojos, el uso reiterado de armas para infligir sufrimiento —pistolas eléctricas, porras, fusiles Kalashnikov— y el hecho de que también se torturara a menores de edad. El prolongado período durante el cual se cometieron los delitos fue asimismo considerado un agravante. Como atenuantes, el tribunal tuvo en cuenta el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos y la extensa duración del proceso judicial, lo que llevó a reducir la condena de ambos respecto de las penas casi máximas solicitadas por la acusación —nueve años y medio y nueve años y tres meses, respectivamente, próximas al límite de diez años previsto por la legislación austriaca—. Esto llevó al tribunal a fijar la condena final en ocho años de prisión para ambos, un año y medio por debajo de los nueve años y medio que le habría correspondido a Al-Halabi, y un año y tres meses por debajo de los nueve años y tres meses que le habría correspondido a Abu Rukbah, de no mediar esas circunstancias atenuantes.
El tribunal reconoció a las víctimas indemnizaciones de 5.000 euros en casos de agresión leve, 10.000 euros en casos de agresión grave y, en un caso, 15.000 euros por agresión sexual, remitiendo a las víctimas a la jurisdicción civil para reclamar las cantidades restantes. En conjunto, ambos condenados deberán abonar 130.000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
Es importante señalar que, ambos condenados solicitaron tiempo para evaluar sus opciones y la fiscalía presentó apelaciones y mociones de nulidad respecto de ambos casos, por lo que los veredictos aún no son jurídicamente firmes.
Un juicio que no ocurre de forma aislada
La sentencia de Viena se suma a otros procesos abiertos en paralelo en Europa contra exfuncionarios del régimen sirio depuesto. En marzo de 2026 el Tribunal de Magistrados de Westminster, en Londres, dio inicio al juicio contra el excoronel de Inteligencia de la Fuerza Aérea siria Salem al-Salem, acusado de asesinato, crímenes de lesa humanidad y tortura —un caso considerado un precedente legal en el Reino Unido—, mientras que ese mismo mes un tribunal de Berlín inició el juicio contra el líder de una milicia leal al régimen depuesto, acusado de crímenes de lesa humanidad, del asesinato de manifestantes y de la entrega de detenidos a las fuerzas de seguridad del régimen, donde eran sometidos a tortura y malos tratos. Como ya señalamos al inicio de este proceso, el caso de Al-Halabi y Abu Rukbah se une así a los que ya se tramitan en Alemania, Francia, Suecia, los Países Bajos y el Reino Unido, consolidando a Europa como el principal escenario judicial para la rendición de cuentas por los crímenes cometidos durante la represión siria.
Conclusiones
La sentencia dictada por el Tribunal Regional de Viena confirma el papel cada vez más consolidado de la jurisdicción universal como herramienta de rendición de cuentas frente a los crímenes cometidos durante la represión de la revolución siria. El razonamiento judicial sobre la responsabilidad de mando —al calificar a los condenados como «garantes de la custodia» de sus prisioneros— resulta especialmente valioso como precedente, en la medida en que responsabiliza no solo a quienes ejercen la violencia de forma directa, sino también a quienes, desde una posición de autoridad, omiten impedirla.
Al mismo tiempo, el caso pone de manifiesto los límites y las tensiones que atraviesan estos procesos: los veredictos aún no son firmes, ya que tanto la defensa como la fiscalía presentaron recursos, y las penas fueron reducidas por el prolongado tiempo transcurrido desde los hechos y la extensa duración del proceso judicial. Con todo, el hecho de que este juicio llegue a sentencia en paralelo a otros procesos abiertos en Londres y Berlín confirma que la jurisdicción universal, incluso en un modelo como el austriaco que exige un vínculo con el país, continúa ofreciendo a las víctimas sirias una vía concreta de acceso a la justicia, la verdad y la reparación, años después de los hechos.
Federica Carnevale, Responsable de Proyectos de FIBGAR.
Para un repaso completo del origen del caso, el marco legal austriaco de jurisdicción universal —que exige un vínculo con el país, satisfecho en este caso por la residencia de ambos acusados en Austria— y la participación de servicios de inteligencia europeos e israelíes en el traslado de Al-Halabi a suelo austriaco, remitimos a nuestra publicación anterior: FIBGAR – Austria inicia un histórico juicio bajo el principio de jurisdicción universal contra dos exfuncionarios sirios acusados de tortura.
REFERENCIAS:
Agencia SANA (6 de julio de 2026). Tribunal de Viena condena a dos exoficiales del régimen depuesto sirio por tortura. Disponible en: https://sana.sy/es/local/2320123/
Agencia SANA (6 de julio de 2026). Austria juzga a dos exoficiales del régimen depuesto por torturas en Siria. Disponible en: https://sana.sy/es/breaking-news/2320056/
TRIAL International, Center for Justice and Accountability, Civitas Maxima, European Center for Constitutional and Human Rights (ECCHR), International Federation for Human Rights y REDRESS (2026). Universal Jurisdiction Annual Review 2026 (UJAR 2026), sección Austria, pp. 22-23. Disponible en: https://www.ecchr.eu/fileadmin/Publikationen/UJAR_2026_digital.pdf