La Jurisdicción Universal Avanza en el mundo y retrocede en España
29 de febrero de 2016.- Los casos de Boko Haram, José Couso, el asesinato de los jesuitas de El Salvador, la querella argentina sobre crímenes franquistas, los casos Tíbet y Falung Gong, Guantánamo y Sáhara son algunos de los tratados en el segundo informe anual de Jurisdicción Universal, que han elaborado la International Federation for Human Rights (FIDH), TRIAL (Track Impunity Always), el European Centre for Constitutional and Human Rights (ECCHR) y la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR). De la lectura de este documento se extrae que la Jurisdicción Universal avanza en el mundo pero retrocede en España, pionera en este ámbito, a causa de la reforma del Gobierno de 2014.
Universal Jurisdiction Annual Review: Make way for Justice #2 es el segundo informe sobre la situación de la aplicación de la Jurisdicción Universal en doce países y los avances significativos en esta área durante 2015, un documento en el que ha participado la Fundación Internacional Baltasar Garzón de forma significativa, tanto por los casos actuales como por otros que comenzaron en España antes de la reforma que significó la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal.
Baltasar Garzón, presidente de FIBGAR, define la jurisdicción universal en el prólogo del informe como el instrumento que los Estados comprometidos con la justicia y sus obligaciones internacionales ponen a disposición de las víctimas de todo el mundo. Estas iniciativas –continúa- desarrollan y refuerzan la jurisdicción universal y pueden terminar acabando con el ciclo de impunidad.
A pesar de los numerosos obstáculos se continúa realizando progresos significativos en todo el mundo, como el caso del juicio al ex dictador de Chad Hissène Habré, que comenzó en Senegal en julio de 2015, acabó en febrero de 2016 y cuyo veredicto se espera para el próximo mes de mayo.
El principio de jurisdicción universal se aplicó en un total de 37 casos durante 2015. Se produjo un progreso tangible en 26 casos, en forma de detenciones, acusaciones o condenas, en contraste con los doce casos de 2014. Paralelamente, se rechazaron ocho casos, cinco de los cuales lo fueron debido a la reforma de la ley en España.
En los doce países del informe, (Argentina, Bélgica, Chile, Finlandia, Francia, Alemania, Países Bajos, Senegal, España, Suecia, Suiza y Reino Unido) hay 33 casos activos, tres sospechosos en juicio, otros 16 investigados y dos pendientes de juicio. En total hay once cargos de genocidio, otros once de crímenes de guerra, 18 cargos de crímenes contra la humanidad y 17 de tortura. El informe demuestra claramente que, a pesar de los obstáculos, a lo largo del año pasado se ha avanzado en la aplicación de la jurisdicción universal de manera significativa.
El informe está coordinado por Valérie Paulet, de TRIAL, en colaboración con FIBGAR, el European Center for Constitutional and Human Rights (ECCHR) y el International Federation for Human Rights (FIDH).
En España
El principio jurisdiccional de personalidad pasiva no es un principio general de competencia para los jueces españoles y sólo se aplica a unos pocos crímenes, como los de terrorismo, dice el informe. Sin embargo, bajo la reforma de la ley de 2014 el principio de “conectividad” permite a los jueces abrir investigaciones acerca de crímenes relacionados con los cargos terroristas, independientemente de la nacionalidad de las víctimas o de la naturaleza del crimen. Los jueces españoles utilizan este principio de conectividad para construir soluciones creativas y mantener la continuidad de sus casos de crímenes contra la humanidad, de guerra o genocidios.
Así, utilizando el hecho de que al menos una de las víctimas tenga nacionalidad española, y reclasificando los delitos como terrorismo, consiguen continuar sus investigaciones sobre casos de crímenes contra la humanidad que afecten a víctimas foráneas, como en el caso de Boko Haram.
Este caso se refiere a la querella presentada en España contra el grupo terrorista Boko Haram y su líder Abubakar Shekau, por actos de terrorismo y crímenes contra la humanidad presuntamente cometidos en Nigeria y países vecinos contra la población civil desde 2009 en adelante. Este es el primer caso, dice el informe, de terrorismo y crímenes contra la humanidad abierto en España tras la reforma de la ley de jurisdicción universal. El caso, presentado por FIBGAR, fue admitido por el juez Fernando Andreu el 27 de mayo de 2015 y está actualmente en fase de investigación.
El 24 de octubre de 2014, FIBGAR presentó una querella contra el líder del grupo, Abubakar Shekau y otros miembros del mismo por crímenes contra la humanidad y terrorismo. En base a esta denuncia, el fiscal abrió una investigación sobre los hechos.
En marzo de 2013, militantes armados de Boko Haram atacaron la ciudad de Ganye, en Nigeria, y asesinaron al menos a 25 civiles, principalmente mujeres y niños, por el hecho de ser cristianos. Una de las víctimas fue la monja española Maria Jesus Mayor, que pudo escapar y fue rescatada por las fuerzas de seguridad nigerianas. El secuestro y posible asesinato de más de 200 niñas del colegio católico de Chibok ocurrido el 14 de abril de 2014 también se mencionaba en el auto judicial.
En Argentina se cita el caso de la querella por crímenes franquistas cometidos entre 1936 y 1977 contra el policía Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, Jesús Muñecas Aguilar, antiguo capitán de la Guardia Civil y los ex ministros Rodolfo Martín Villa y José Utrera Molina, entre otros, por crímenes contra la humanidad incluyendo tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzosas.
A lo largo de 2015, la juez argentina María Servini de Cubría envió una segunda comisión investigadora al tribunal de Guadalajara para solicitar la exhumación de cuerpo de Timoteo Mendieta, ejecutado en 1939, lo que el tribunal autorizó el 24 de noviembre de 2015 y la exhumación comenzó el 19 de enero de 2016 en lo que constituye el primer permiso de exhumación concedido en España tras un requerimiento de la juez argentina.
Como es bien conocido, la investigación sobre los crímenes franquistas se abrió en España a instancias del juez Baltasar Garzón, que se declaró competente para investigar el caso y fue posteriormente juzgado por ello, sobreseyéndose de manera que actualmente es imposible investigar estos crímenes en España.
A pesar de ello, el 14 de abril de 2013 organizaciones de Derechos Humanos españolas y argentinas interpusieron demanda ante la juez argentina en nombre de las víctimas españolas. El 23 de septiembre de 2013 la juez cursó orden de arresto contra cuatro antiguos oficiales de la dictadura. En abril de 2014 la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional rechazó la petición de extradición, pero en octubre del mismo año Servini de Cubría emitió órdenes de detención contra veinte de los acusados para proceder a su extradición a Argentina.
El informe analiza otros casos que comenzaron el España, como el del genocidio de Tíbet, que el 6 de mayo de 2015 la Sala de lo penal del Tribunal Supremio rechazó la apelación contra el cierre del caso en base a la reforma de la ley de jurisdicción universal española. Actualmente hay un recurso en el Tribunal Constitucional.
Relacionado con éste está el caso Falun Gong contra el ex presidente chino Jiang Zemin y otros altos por crímenes de genocidio y tortura contra los practicantes del movimiento religioso. Una vez más la reforma de la ley de jurisdicción universal en España ha provocado que el caso se haya cerrado, aunque hay una apelación pendiente en el Tribunal Constitucional.
El caso de los seis jesuitas y dos mujeres asesinados el 16 de noviembre de 1989 en la universidad José Simeón Cañas en San Salvador es otro de los analizados en el informe. Eran los jesuítas españoles Ignacio Ellacuría, Segundo Montes, Armando López, Ignacio Martín Baró y Juan Ramón Moreno, el salvadoreño Joaquín López y dos empleadas, Elba Julia Ramos y su hija Celina, de 16 años.
El 16 de diciembre de 2015 el juez Eloy Velasco emitió una nueva orden internacional de arresto contra los sospechosos. Y el 4 de enero de 2016 una petición a Interpol para el arresto de 17 soldados presuntamente implicados en los asesinatos. En febrero, cuatro oficiales del ejército fueron arrestados: Guillermo Alfredo Benavides Moreno, Ramiro Ávalos Vargas, Tomás Zárpate Castillo y Ángel Pérez Vásquez. La jurisdicción salvadoreña debe ahora tratar la petición española de extradición.
El caso José Couso, cámara de Telecinco asesinado en la guerra de Irak tiene tres soldados norteamericanos acusados por crimen de guerra. Actualmente está cerrado en base a la reforma de la ley de jurisdicción universal.
El caso Guantánamo, que abrió en España el juez Baltasar Garzón, está suspendido a pesar de tratarse de presuntas torturas contra ciudadanos españoles internados en el campo de detención norteamericano en Cuba.
Por último, entre los casos que afectan de a España el informe cita el caso Sáhara por genocidio, crímenes de guerra y torturas presuntamente cometidos por oficiales marroquíes contra saharauis entre 1975 y 1991. El 9 de abril de 2015 el juez ordenó detención internacional contra siete de ellos, y un mes después lo amplió a otro oficial marroquí.
Podéis descargaros el informe completo en nuestra web