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La ONU vuelve a apercibir a España

Madrid, 24 de enero 2015. El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha vuelto a apercibir a España en el marco del actual Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas acerca del incumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de reparación de las víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo. Este nuevo apercibimiento confirma los informes de la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR).

Todas estas recomendaciones no hacen más que acreditar la violación por parte de España de sus obligaciones internacionales suscritas en materia de sanción y reparación de los casos de desaparición forzada de personas, lo que ha conllevado, una vez más, a nuevos apercibimientos en las instancias internacionales. Mientras tanto, las víctimas (más de 150.000 desaparecidos) siguen esperando algún tipo de reparación por parte de unas instituciones nacionales que siguen negándoles el acceso a la verdad, justicia y reparación

FIBGAR manifiesta su satisfacción ante la recomendación de que se siga desarrollando la Ley de Memoria Histórica al margen del contexto de crisis económica; la elaboración de una verdadera estrategia para afrontar las violaciones a los derechos humanos en el pasado, reparando a las víctimas y estableciendo garantías de no repetición y la necesidad de seguir investigando los crímenes internacionales cometidos en nuestro país.

Del mismo modo, la Fundación destaca las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU acerca de la obligación de dar cobertura en los tribunales civiles a las víctimas de desaparición forzada de personas, realizar una definición de víctima de desaparición forzada que permita dar una cobertura con arreglo a los estándares internacionales, cooperar con las instancias internacionales para solventar la situación de las desapariciones forzadas en nuestro país, o la de activar medidas judiciales en el orden penal para acometer los casos de desaparición forzada.

ANTECEDENTES

Después de que el Tribunal Supremo declarara nula por ser contraria a la amnistía legal de España en 1977, por Sentencia 101/2012  la conocida como “Causa del Franquismo”, abierta por el juez Baltasar Garzón, que determinó la existencia de más de 150.000 detenidos desaparecidos cuyo  paradero aún se desconoce, diversos organismos internacionales de protección de los Derechos Humanos se han pronunciado en los últimos meses sobre la obligación de España de investigar las desapariciones forzadas:

En diciembre de 2013 el Comité de Derechos Humanos recordó en sus observaciones finales del examen del informe presentado por España, “que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y señala a la atención del Estado parte sus observaciones generales Nº 20 (1992), relativas al artículo 7, según la cual las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el Pacto, y Nº 31 (2004), sobre la naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados partes en el Pacto[1]. Además, recomendó la derogación de la Ley de Amnistía. Sin embargo, en el informe presentado por España ante este organismo en el año 2012, se sigue insistiendo en la aplicación de esta Ley.

En el mismo sentido, el Comité contra la Tortura, en sus observaciones finales del examen del informe presentado por España recomendó que “en consideración al arraigado reconocimiento del carácter de jus cogens de la prohibición de la tortura, el enjuiciamiento de actos de tortura no se debe limitar por el principio de legalidad, ni por el efecto de la prescripción”.  Este Comité recomendó a España que “debería asegurar que los actos de tortura, que también incluyen las desapariciones forzadas, no sean crímenes sujetos a amnistía”.

Asimismo, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas, durante su visita a España en septiembre de 2013, destacó que debía realizarse una investigación mientras no se esclareciera la suerte de las víctimas de desapariciones forzadas, afirmando que ninguna ley de amnistía puede poner fin a la obligación del Estado de investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables de las desapariciones. El Comité contra la Desaparición Forzada se manifestó en el mismo sentido y realizando las mismas recomendaciones posteriormente.

Sobre la ley de amnistía también se pronunció el Relator Especial sobre la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición, Pablo de Greiff, tras su visita oficial a España, entre el 21 de enero y el 3 de febrero de 2014.  Sobre la ley afirmó que era el principal obstáculo para la apertura de investigaciones y procedimientos penales sobre violaciones graves a los derechos humanos y al derecho humanitario y que su interpretación es incompatible con los compromisos internacionales contraídos por España en materia de derechos humanos. Sobre el derecho a la verdad de las víctimas de desapariciones forzadas y ante la inexistencia de mecanismos oficiales de esclarecimiento de la verdad, De Greiff recomendó la creación de una institución «independiente pero oficial» de búsqueda exhaustiva de información. Esta institución o mecanismo «podría adoptar diferentes modalidades y formatos, incluyendo la forma de una comisión de la verdad» dijo.

INFORME SOBRE VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS EN ESPAÑA

Este informe completa los resultados de la 21º Sesión (enero/febrero 2015) del Examen Periódico Universal (EPU) sobre la situación de los Derechos Humanos en los países miembros del Consejo de DD.HH. de la ONU, entre los que se encuentra España.  

La Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR) presentó un informe ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el que se denunciaban las principales vulneraciones de los Derechos Humanos que acontecen en nuestro país.  La entrega de este informe se produjo en el marco del Universal Periodic Review (UPR) o Examen Periódico Universal (EPU), herramienta del Consejo que analiza si los 192 Estados miembros cumplen con sus obligaciones y compromisos en la defensa y promoción de los Derechos Humanos. España se sometió a su último EPU en mayo del pasado 2010.

El informe fue realizado por FIBGAR, en coalición con la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid (APAEM) y Women’s Link Worldwide, y puso de relevancia los significativos retrocesos que ha sufrido España en materia de Derechos Humanos.

El texto denunciaba las últimas reformas legislativas como la Ley 10/2012 de Tasas Judiciales, que dificulta el acceso a la justicia de los ciudadanos; la reforma del artículo 23 de la LOPJ, que limita la aplicación del principio de Jurisdicción Universal sobre crímenes de derecho internacional;  el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal, que permitiría la aplicación de la cadena perpetua, o la Ley de Seguridad Ciudadana, que penaliza de modo excesivo la manifestación pacífica, el derecho de asociación y la libertad de expresión.

Por último,  la reforma de la Ley del aborto o las devoluciones y rechazos en la frontera que sufren muchos inmigrantes son algunas de las modificaciones que evidencian a las mujeres y las personas migrantes como los colectivos más vulnerables.

[1]   CDH, Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos, España CCPR/C/ESP/CO/5, 5 de enero de 2009, par. 9.