Relato VIII. En nuestro propio nombre: Contando la verdad silenciada
La técnica de captación de clientes era la propaganda por el hecho, la transmisión de la información boca a boca, aprovechándose de la desesperación que se adueñaba con frecuencia de los matrimonios que no podían tener hijos. El procedimiento tipo consistía en que ese matrimonio con deseos de adoptar un recién nacido acudiera en ocasiones al párroco o capellán de la iglesia a la que pertenecieran como feligreses. El cura actuaría como avalista de dicha familia en lo que se refiere a su discreción, moralidad, solvencia y fiabilidad. De esta forma, el sacerdote normalmente trasladaba la petición a alguna religiosa que actuara como enfermera o asistente social de alguna clínica, maternidad o casa cuna.
Esta persona, a su vez, lo comunicaría al personal sanitario en caso de que el bebé fuera a ser secuestrado mediante engaño, o bien si procedían de una madre soltera ellas mismas se encargarían de “convencerla” o seguirían el mismo proceso de hacerlas desaparecer como madres biológicas, entregando esa identidad a otra mujer que no había engendrado ni parido a ese hijo.
Tras esperar entre seis meses y un año, el matrimonio es avisado para que vaya a recoger al bebé, que es directamente inscrito en el Registro Civil con sus apellidos, los de la pareja adoptante. Ni rastro de la madre biológica. La familia adoptiva ha de hacerse cargo económicamente de gastos diversos, como los sanitarios y de tramitación administrativa, más el beneficio que se repartirían entre los intervinientes, que variarían en cada caso. Total, entre 200.000 y 400.000 de las antiguas pesetas. Y el niño o niña entra a formar parte de la familia como caído del cielo, en ocasiones simulando un embarazo previo.
El hecho resulta tan sorprendente como ilustrativo de la amnesia colectiva de España, uno de los talones de Aquiles de nuestra democracia.
Hasta 2008 gran parte de la opinión pública española sabía de “oídas” de las desapariciones de niños, pero era un asunto tabú del que no se podía ni se debía hablar en público. Incluso era conocedor del TRAFICO DE NIÑOS el propio Estado, pues así consta en el Preámbulo de la Ley de Adopciones de 1987, pero a sabiendas de “ese odioso tráfico de niños” nunca se actuó de oficio. ¿Quién dijo que sólo desaparecían las madres y sus hijos paridos en la dictadura? El modus operandi era el mismo, nunca existió separación entre el acto criminal y el económico porque nunca jamás en un contexto de dictadura el dinero y la barbarie estuvieron separados, por lo tanto, el interés miserable sobre el objeto del deseo, el fruto del vientre preñado de vida de una mujer, fue motivo principal de ataque con todo el dolo y la alevosía del que se sabe dentro de una estructura que le daba amparo ¿legal? Malditas mentiras que llevaron a miles de madres y a sus hijos a vivir de rodillas pidiendo saber DONDE ESTÁN, los hijos por sus madres, y las madres por sus hijos.
Se arrinconaba casi por completo el drama de la desaparición de menores durante el franquismo, el tardofranquismo y la transición, la retirada forzada de sus madres biológicas, que después han sido conocidos como niños perdidos gracias a un valioso y pionero documental sobre el asunto en TV3. La mayoría de esos niños y sus madres biológicas “perdidos y perdidas” todavía viven en la actualidad. Al igual que ocurre con los llamados “bebés robados”, las niñas y niños desaparecidos también viven con una identidad falsa. Pero, ¿en qué más se parecen los “bebés robados” y los niños perdidos?.
Veámoslo.
Desde un punto de vista práctico, todo comienza con la legislación de 1940, ideada para poder quitar obligatoriamente a los niños y niñas de corta edad a las madres republicanas presas, siguiendo las teorías de “limpieza” y “regeneración de la raza” dictadas por el que fuera jefe del equipo de psiquiatría durante la dictadura franquista,
V.N. Teorías que extrajo de su experiencia en Alemania durante la primera guerra mundial, como inspector de campos de concentración de prisioneros, y en contacto con eminentes psiquiatras alemanes, como G. o S., precursor de la “higiene racial”.
Según el auto de la Audiencia Nacional de 2008 , sobre la represión política de la dictadura, en 1938 ésta autorizó al p siquiatra V.N. a la creación del Gabinete de Investigación Psicológicas con la finalidad primordial de averiguar “las raíces psicofísicas del marxismo”. Se seguía así la estela del Instituto para la Investigación y Estudio de la Herencia que H.H., comandante jefe de las SS, había fundado poco antes en la ciudad alemana de Mecklenburg.
El Gabinete centró sus investigaciones en dos grupos, uno de ellos el de mujeres presas republicanas encarceladas en Málaga. Los brigadistas liberados de ese campo aseguraron que miembros de la Gestapo ayudaban a los psiquiatras españoles en labores de mediciones antropométricas e interrogatorios. El objetivo era demostrar la relación entre marxismo e inferioridad mental, para con ello justificar la separación de los niños y niñas de las madres desafectas. De esta forma, los niños nacidos en ambientes simplemente democráticos debían ser internados en centros especiales para promover las cualidades biopsíquicas raciales y eliminar los factores ambientales que conducen a la degradación de la especie.
Las mujeres encarceladas fueron acusadas de delincuentes, alcohólicas y psicópatas, mujeres «degeneradas» con tendencia a la infidelidad, el divorcio y un largo etcétera de maldades falsamente inventadas. Muchas de ellas no sabían leer ni escribir y acabaron siendo obligadas a firmar sus expedientes procesales con el dedo. Tampoco tuvieron posibilidad de defenderse en los consejos de guerra y los juicios sumarísimos abiertos por delitos tan ambiguos como «rebelión» o «atentados contra la moral pública», aunque en realidad poco importaba ya que, en la mayor parte de los casos, el régimen franquista ya había dictado sentencia. Miles de mujeres fueron encerradas por ser pareja, madre o hermana de, a veces, simplemente, por estar en el lugar y momento equivocados.
La mayor parte de las malagueñas encarceladas eran jóvenes entre 21 y 40 años, aunque la represión se extendió a todos los grupos de edad. La violencia no entendía de edades […]. Las que procedían de la provincia, en su inmensa mayoría, y un tercio de las residentes en la capital, firmaban con el dedo. Prácticamente todas aceptaban el defensor que le asignaban y ninguna recurría a profesionales para su defensa en los consejos de guerra y en los juicios sumarísimos, sino a pliegos de firmas de los vecinos o avales.
NO PASARON A LA HISTORIA, pero protagonizaron la Guerra Civil y la posguerra con las mismas dosis de dolor, desprecio y sangre que los hombres.
Como recuerda B.: «Era una forma de blanquear lo que estaba ocurriendo. Cuando las reclusas necesitaban certificados de conducta, eran los curas quienes avalaban o no su comportamiento en las cárceles». El entonces director de Asuntos Eclesiásticos, M.P., pronunció un pequeño discurso durante el acto: «Debéis gratitud eterna al Caudillo. Pedid a Dios que nos lo conserve muchos años».
En Málaga, sólo una pequeña placa en la actual sede de la Policía Local, antigua prisión de mujeres, recuerda aquel horror silenciado.
Sobre esta base, el entramado legal del franquismo facilitó la segregación infantil y la sustracción o eliminación de la custodia de madres biológicas sobre sus hijos. La Orden del Ministerio de Justicia de 30 de marzo de 1940 establecía que las reclusas podían quedarse con sus hijos hasta los tres años, una vez transcurridos los cuales debían ser excarcelados y adoptados por otra familia. La Ley de 4 de diciembre de 1941 completó el andamiaje jurídico facilitando la inscripción de los menores en el Registro Civil con nuevos apellidos. Todo de forma legal.
Hasta 1954, la cifra de niños tutelados por el régimen franquista, normalmente a través de centros religiosos, no bajó de una media anual de 23.000, según los documentos del Patronato Central de Nuestra Señora de la Merced para la Redención de las Penas y también del Patronato de San Pablo que cita el auto. Esto indujo a estimar que entre 1940 y 1954 unos 30.000 menores sufrieron la separación forzosa de sus madres biológicas y familias para darlos en “adopción”.
Los métodos aplicados ilegalmente para el rapto y venta de bebés hasta los años noventa fueron en realidad ensayados de forma legal en los años cuarenta y cincuenta. El engaño, diciendo a las madres que el niño había muerto, y la inscripción en el Registro Civil como –falsos– hijos biológicos de padres adoptivos.
Las hermanas M. y F. C., por ejemplo, fueron enviadas por sus padres biológicos a Francia para salvaguardarlas de la contienda en España, pero tras terminar la guerra las secuestró allí el servicio exterior de la dictadura y las devolvió a nuestro país. Al llegar en tren a Toledo, F. preguntó por su hermana, pero una monja le informó que M. había muerto de unas fiebres, como tantos otros niños en el camino, y que su cuerpo lo habrían tirado por la ventanilla. En realidad, no fue así, sino que fue dada en “adopción”. Sesenta años después, las dos hermanas se reencontraron gracias a un programa de televisión.
Además de las entidades religiosas que tutelaban a los menores y los registros civiles de toda España, fue necesaria también la implicación de profesionales sanitarios, médicos y matronas que asistían los partos en las cárceles y, cada vez en mayor medida, en clínicas y hospitales. En 1950, E.G. fue a dar a luz al hospital de Salamanca. Nada más nacer, le arrebataron al niño a la fuerza y nunca más supo de él. Ella era analfabeta y tenía mucho miedo. Quizás pensaron que nunca lo buscaría, pero sí lo hizo, aunque infructuosamente. “Con esa angustia estaré toda la vida, porque sé que lo parí y lo llevé dentro nueve meses, y no lo conocí siquiera”, declaraba E. cuarenta años después, en el antes citado documental de TV3.6 En el caso de las adopciones se había generado una demanda, en buena parte internacional, procedente de países extranjeros, cuya satisfacción suponía una considerable fuente de ingresos para algunos. De ahí al robo de bebés, sólo había que dar un paso, que necesitaba de la anuencia o pasividad de las autoridades.
Según el criterio de los juristas, el robo sistemático de niños investigado incipientemente por la Audiencia Nacional para el período 1940-1954 y con miles de denuncias más presentadas sobre hechos similares hasta bien entrada la democracia, constituyen delitos de lesa humanidad tipificados en el artículo 607 bis de nuestro Código Penal y en el derecho internacional, por tratarse de un ataque sistemático y organizado contra la población civil, en este caso las madres y sus hijos, con grave sufrimiento para la salud mental o física de quien los padece.
Ojos de tierra que miran al inmenso mar,
mar sin orillas ni horizonte final
en unos ojos perdidos que ya no saben mirar.
(Alma Mitera)
MADRES DESAPARECIDAS, MUJERES OLVIDADAS
“Contando la verdad silenciada”
28 de noviembre del año 2020