Alienum phaedrum torquatos nec eu, vis detraxit periculis ex, nihil expetendis in mei. Mei an pericula euripidis, hinc partem.

Blog

FIBGAR / Artículos  / La jurisdicción universal sigue ganando terreno

La jurisdicción universal sigue ganando terreno

La jurisdicción universal representa la última esperanza de las víctimas en la búsqueda de verdad y justicia.

Baltasar Garzón

La Jurisdicción Universal reviste suma importancia para todos los que bregan por los derechos humanos, al ser un mecanismo indispensable de justicia cuyo objetivo es la lucha contra la impunidad derivada de la comisión de crímenes internacionales.

Se trata de un criterio de jurisdicción que permite a jueces nacionales investigar y, en su caso, enjuiciar delitos internacionales sin que exista ninguna conexión entre el crimen y el Estado que los juzga. Así pues, no importa la nacionalidad de la víctima o del perpetrador, tampoco el país en que delinca: si se trata de graves ofensas como el genocidio, los crímenes de guerra o los crímenes de lesa humanidad, cualquier Estado puede ejercer su jurisdicción para perseguirlos.

El principio de jurisdicción universal se enmarca en el proceso de internacionalización de la justicia penal y el consecuente desarrollo del derecho penal internacional como forma de luchar contra la impunidad ante las más graves violaciones de los derechos humanos.

Por consiguiente, esta importante herramienta de protección de los derechos humanos nace con la vocación de dar respuesta a las víctimas de los delitos más graves cuando no encuentran justicia en sus propios países, ya sea por imposibilidad o falta de voluntad. Asimismo, la aplicación de la Jurisdicción Universal representa la resiliencia de las instituciones judiciales frente a la obstrucción y la voluntad de anularla o eliminarla, ya que verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, además de ser derechos de las víctimas, forman parte de las obligaciones de cualquier Estado democrático.

La utilidad de la jurisdicción universal ha quedado demostrada en los casos Pinochet, Eichmann, Scilingo o Hissène Habré. A pesar de los grandes avances, la Jurisdicción Universal sigue siendo un tema todavía poco conocido, cuando no, desconocido. Por ello, en el marco del proyecto «La Jurisdicción Universal: el compromiso para un mundo mejor», cofinanciado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, hemos realizado el primer curso gratuito dirigidos al mundo hispanohablante sobre Jurisdicción Universal.

Hoy en día, desafortunadamente, en España la posibilidad de conseguir justicia y reparación para las víctimas de crímenes internacionales se ha restringido debido a la reforma de la Ley Orgánica 1/2014 de 13 de marzo que modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, relativa a la justicia universal.

Pese a que en España, como en otros países europeos, se ha dado un paso atrás en la lucha contra la impunidad, el  Informe Anual sobre la Jurisdicción Universal (UJAR) 2022 promovido por FIDH, TRIAL International, Civitas Maxima, el Centre for Justice and Accountability (CJA), el European Centre for Constitutional and Human Rights (ECCHR) y REDRESS, demuestra que la jurisdicción universal sigue ganando terreno.

Según el informe, en 2021 se presentaron 125 acusaciones penales internacionales en el marco de la jurisdicción universal: 34 acusaciones por crímenes de guerra, 66 por crímenes de lesa humanidad, 25 por genocidio y 17 por violencia sexual relacionada con un conflicto armado.

Los casos tratan los crímenes cometidos durante el genocidio de Ruanda, la guerra de Siria y la época de Jammeh en Gambia, entre otros.

En cuanto a España se menciona el caso de El Salvador.

En el período comprendido entre 1980 y 1991, en la República de El Salvador, se vivió una guerra que sometió a toda la sociedad a episodios de máxima violencia y tuvo como resultado la muerte de alrededor de 75.000 personas en todo el territorio, hasta que, el 16 de enero de 1992, las voluntades reconciliadas firmaron la paz en el Castillo de Chapultepec, en México.

Es en este contexto donde se sitúa el asesinato por parte del batallón de élite Atlacatl y, cumpliendo órdenes del Gobierno, de 6 religiosos jesuitas, liderados por Ignacio Ellacuría, una empleada doméstica y su hija, en la Universidad Centroamericana, encuadrado en una política de persecución y agresión sistemática contra personas religiosas, concretamente, contra los jesuitas, pioneros de la teología de la liberación para América Central, que luchaban para devolver la paz y poner fin a la guerra.

En 1992, tras los Acuerdos de Paz de Chapultec, una Comisión de la Verdad concluyó que los asesinatos fueron ordenados por miembros del alto mando del Gobierno salvadoreño y ejecutados por la Fuerza Armada de El Salvador.

Doce años después de la interposición de la querella ante la Audiencia Nacional de España, el 11 de septiembre de 2020, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española declaró culpable al acusado, excoronel y exviceministro de seguridad pública del Salvador, Inocente Orlando Montano Morales, estableciendo una pena de 133 años de prisión por su participación personal, directa y voluntariamente intencional en cinco delitos de asesinato de carácter terrorista.

Inocente Orlando Montano Morales fue quien ordenó y dio instrucciones de acuerdo con una estrategia de ataque a determinados objetivos, en este caso, Ignacio Ellacuría y toda persona que pudiera ser testigo de su ejecución.

La sentencia del Caso Jesuitas fue la primera condena dictada contra un Oficial Militar de alto rango, con base en el concepto reducido de jurisdicción universal, que permitió a la justicia española perseguir, fuera del territorio nacional, a los autores de crímenes graves como el terrorismo, cuando las víctimas fueran de nacionalidad española.

Para El Salvador esta sentencia supuso un derrotero histórico en la lucha contra la impunidad y en el reconocimiento de derechos para las víctimas.

¡Descubre más sobre el caso El Salvador en el módulo 5 de nuestro curso!

Alessia Schiavon, responsable del Departamento Legal de FIBGAR.

Madrid, 15 de abril de 2022.