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Una proposición de ley para recuperar la Jurisdicción Universal en España

La Jurisdicción Universal reviste suma importancia para todos los que bregan por los derechos humanos, al ser un mecanismo indispensable de justicia cuyo objetivo es la lucha contra la impunidad derivada de la comisión de crímenes internacionales.

Durante décadas, ante los tribunales españoles se abrieron una serie de procedimientos en virtud del principio de jurisdicción universal, como los casos Pinochet, Scilingo, Guatemala, El Salvador, los vuelos de la CIA, o el Tíbet, entre otros, que contribuyeron de forma eficaz a colocar a España como referente en la aplicación de la Jurisdicción Universal y en la indiscutible vanguardia mundial de la protección de los derechos humanos. 

Hoy en día, desafortunadamente, la posibilidad de conseguir justicia y reparación para las víctimas de crímenes internacionales se ha restringido debido a las reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, que ocurrieron en 2009 y 2014. La primera reforma, operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, limitó el alcance de la justicia universal, introduciendo la necesidad de acreditar determinados puntos de conexión con España o un vínculo de conexión relevante con España.

Posteriormente, la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, incluyó unos condicionantes que limitan gravemente la competencia para la persecución de cada delito por encima, incluso, de las obligaciones de derecho internacional vinculantes para España. También acabó con la posibilidad del ejercicio de la acusación popular, que tan importante había sido para la persecución de crímenes contra los derechos humanos más básicos por parte de colectivos y entidades de defensa de los derechos humanos. Además de lo anterior, la disposición transitoria impuso que las causas que se encontraban en tramitación quedaran sobreseídas hasta que no se acreditase el cumplimiento de los requisitos establecidos en ella. Eso supuso que casos graves de crímenes contra la humanidad quedaran archivados al privar a los órganos jurisdiccionales españoles del presupuesto procesal de jurisdicción sobre estos hechos.

En febrero de 2024, el Pleno del Congreso aprobó la toma en consideración de la proposición de ley relativa a la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, centrada en la protección de los derechos humanos y la jurisdicción universal en España, superando su primer examen parlamentario con 178 votos a favor, 168 en contra.

La Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para la protección de los derechos humanos y la jurisdicción universal en España, apunta a restaurar un sistema de justicia internacional que evite la impunidad de graves violaciones de los derechos humanos.

Esta propone la supresión del apartado 6 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para recuperar la acción popular y la posibilidad de presentar denuncia ante los tribunales españoles en los delitos para los que se contempla la jurisdicción universal de estos tribunales.

Asimismo, plantea modificar también el artículo 23.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial para adaptar la persecución de delitos que según las leyes españolas o los tratados internacionales ratificados por el Estado español pueden ser considerados delitos contra la dignidad humana por vulnerar los derechos humanos más básicos.

También recupera el acceso a la justicia universal ante tribunales españoles para la persecución y condena de las personas responsables de estos delitos, suprimiendo los condicionantes que lo restringían.

Por último, se introduce una disposición transitoria que permite que los procedimientos que fueron archivados por la disposición transitoria única de la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, puedan reabrirse para continuar su proceso.

La iniciativa se encuentra en tramitación parlamentaria. El plazo para la presentación de enmiendas ha sido ampliado hasta el día 4 de septiembre de 2024.